Seguro que muchos de vosotros recordareis, de las clases de física, aquella hipótesis de… “¿Qué pasaría si un objeto imparable se encuentra con un objeto inamovible en su trayectoria?”.
Pues, hoy no venimos a hablar de física, tranquilos, pero sí os vamos a exponer un caso que se basa en esta hipótesis, ¿Qué pasa cuando el derecho a la libertad de expresión se cruza en el camino con el derecho a la privacidad?.
Empezaremos, como diría Manolito Gafotas por “el principio de los tiempos”.
Mario Costeja González apareció en 1998 en un típico listado de inmuebles embargados por la Seguridad Social y este, a su vez, fue publicado en “La Vanguardia”.
Diez años después, lógicamente, este ciudadano ya había pagado su deuda a la Seguridad Social y había pasado de ser, por aquel entonces, consultor de empresas, a ser, actualmente, abogado y perito calígrafo judicial. ¿Por qué tiene importancia a que se dedica o no este señor?. Si recalcamos su oficio es para poder explicar que, hoy día, con Internet y todo lo que él conlleva, cada vez es más usual buscar en Google el nombre de aquella persona a la que tenemos en mente contratar para algo y ver si hay opiniones sobre ella. En el caso de Mario Costeja González, siendo abogado, la búsqueda de su nombre para ver qué méritos y opiniones se tiene de él como abogado es algo muy normal.
Cuál es la sorpresa cuando, el propio Mario Costeja González, al buscar su nombre se encontró con que los primeros resultados de búsqueda en Google apuntaban a esa noticia de 1998 de La Vanguardia.
Es entonces cuando Mario Costeja González empieza un periplo judicial para que sus datos sean borrados de Internet, poder seguir con su vida y su honor no se vea dañado.
Es con este caballero cuando se inicia, desde el TJUE (Tribunal de Justicia de la Unión Europea), la ley que viene a denominarse como “derecho al olvido” y que hizo que Mario Costeja González ganará su juicio contra Google, borrando este último todos los datos que hace referencia a su pasado moroso y creando un precedente.
Dicho esto, a modo de introducción para ver de dónde viene este “derecho al olvido”, ahora viene la parte de los problemas.
Como era de esperar, después del caso de Mario Costeja González, las reclamaciones para el borrado de datos en los resultados de Google de otro tanto de personas, no se hizo esperar. Personas que, años atrás, habían tenido problemas con la justicia, en mayor o menor medida, desde pequeños hurtos hasta casos de pederastia, comenzaron a denunciar el borrado de sus datos del motor de búsquedas bajo el pretexto del derecho a la reinserción en la vida social, incluso, casos tan absurdos como un pianista que exigía el borrado de los resultados por una mala critica lo que comprometía futuras contrataciones.
Este es el resultado de una sentencia ejecutada a la ligera y, por supuesto, una mala adaptación a las nuevas tecnologías que, a día de hoy, conforman nuestra vida.
Nosotros queremos dar una vuelta de tuerca más al asunto. Teniendo en cuenta los últimos acontecimientos acaecidos en nuestro país en cuanto a corrupción se refiere, qué pasará si, de aquí a un tiempo, todos los acusados por corrupción exigen la eliminación de sus datos en base al “derecho al olvido”. Es aquí donde chocan frontalmente el derecho a la libertad de expresión con el derecho a la privacidad.
¿Vamos a borrar de un plumazo la memoria histórica?. Es lógico pensar que, pasado un tiempo prudencial y habiendo, por supuesto, cumplido cada cual con su sentencia, no se puede estar infinitamente señalando con el dedo a aquel que ya pagó por su error pero… ¿tenemos que perder para ello el derecho a estar informado?¿podemos llegar a pensar que, al final, hay más protección para aquellos que no hacen las cosas bien?.
Por ahora y, a no ser que las cosas cambien, la realidad es que, una vez más, hay cosas que siguen pisoteando la libertad de expresión.